Resumen: La Sala inadmite el recurso interpuesto contra la medida preventiva de salud pública relativa al certificado Covid 19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios o socio sanitarios. Viene a cuestionar, en su extenso escrito de demanda, que no existe evidencia de que esta medida tenga efecto en la reducción de la transmisión del virus, que existe sentencia en Aragón que lo anula, arbitrariedad en las medidas, no ajustándose al marco legal y jurisprudencial pudiendo existir medidas menos restrictivas. Falta de legitimación. La lectura del escrito de interposición del recurso permite comprobar que la argumentación de la actora se invoca la legitimación para el caso de acontecer el fallecimiento de su madre, y las limitaciones en los actos de honras fúnebres -el velatorio y culto religioso- que pudieran tener lugar en caso producirse el óbito de su madre, aspecto en el que destacaba la avanzada edad de la misma y las graves enfermedades que, decía, padecía. La Sala entiende que la conexión que se aduce, era y sigue siendo extraordinariamente débil y no justifica en modo alguno el vínculo singular o interés legitimador para pretender la anulación de las normas que impugna.